Según el artículo 1454 del Código Civil: “Contrato o convención es un acto por el cual una parte se obliga con otra a dar, hacer, o no hacer una cosa. Cada parte puede ser una o muchas personas”.
Por lo que podemos entender que contrato es un acuerdo de dos o más personas que consienten en obligarse respecto de otra, u otras, a dar alguna cosa o prestar algún servicio.
Por lo que podemos entender que contrato es un acuerdo de dos o más personas que consienten en obligarse respecto de otra, u otras, a dar alguna cosa o prestar algún servicio.
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