lunes, 7 de septiembre de 2009

Galería de imágenes de Cotama





























2.2.1. Tipo de Investigación

Esta investigación se basó fundamentalmente en un trabajo de campo, ya que recolectamos los datos directamente de la realidad donde ocurren los hechos y bibliográfico, tomando en cuenta que se lo realizará en la Comunidad de Cotama del Cantón Otavalo perteneciente a la Provincia de Imbabura, donde se analizará el tema a investigar.

ENCUESTA

UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES

OBJETIVO.- Es Determinar las causas por las cuales se origina el delito de la trata de personas.
*De las siguientes preguntas conteste con una (x) la respuesta que crea usted, es la correcta.

1) ¿Qué entiende Ud. por trata de personas?

a. Captación de persona
b. Explotación Laboral
c. Prostitución

2) ¿Usted cree que la trata de personas en el Cantón Otavalo es un problema social?

SI NO

3) ¿Cree que el porcentaje en el Cantón Otavalo en los últimos años…?

Aumentó Disminuyó


4) ¿Cuáles son los grupos de individuos que representan un alto riesgo de caer en la situación de trata de personas?


a) Los niños ( )
b) Adolescentes ( )
c) Analfabetos ( )

5) ¿Usted cree que la trata de personas provoca….?

a) Destrucción del hogar ( )
b) Migración ( )
c) Cometimientos ilícitos ( )





6) ¿Cree usted que los pobres son las principales víctimas de la trata?

SI NO


7) ¿Que se necesita para salir del cautiverio de la trata de personas?

a) Educación Preventiva por parte del Estado. ( )

b) Tener valor para denunciar a quienes son parte de estas redes mafiosas. ( )

c) Que exista más control y vigilancia por parte de la Institución de Migración. ( )

8) ¿Por qué hay personas en este país que se vinculan con las organizaciones dedicadas a este negocio ilegal?

a) Porque es un trabajo fácil ( )

b) Por la mala situación económica del país ( )

c) Por la mala distribución de la riqueza ( )

9) ¿Qué tipos de mecanismos para disminuir la trata de personas cree que son más efectivos?

a) Programas gubernamentales ( )

b) Programas comunitarios ( )

c) Programas individuales ( )

10. ¿Considera que las charlas motivacionales y psicológicas conjuntamente con la capacitación, sería una manera de radicar la trata de personas?

SI NO

QUESTIONNAIRE OF THE PROJECT


QUESTIONNAIRE OF THE PROJECT

1. Explain the changes where your Project took place?
A few years ago the Community of Cotama was unknown.
Nowadays, Cotama is known for its crimes, just as traffic of people.
In the future, with our help there will be less victims of the traffic of people.

2. - What skills do you have to carry out a project.
- Because I’m good at working with a group or team.
- I enjoy learning new things
- I’m good at investigating.
- I’m good at reading books
- I’m good at typing
- I’m interested in knowing more about my career.
- I like solving other people’s problems.
- I like writing
3. - What kind of methodological tools were applied in your project.
The methodological tools which were applied in my project are:
- Field investigation
- Questionnaires
- Interviews
- Deductive method
- Photography
- Survey
4. - What activities have you been doing to develop your project.
- I have been studying
- I have been researching information.
- I’ve been correcting the mistakes
- I have been meeting with my group.
- I haven’t been wasting my time.
5. - Talk about your project.
My project is about the crime of the Human Trafficking and it took place in Cotama which is located in Otavalo. There, we found some victims of this crime. We made a survey there for developing my project, we gave them speeches about this crime, so that they know about it, in order to avoid future victims.
6. - What would you do if you had the opportunity to be the manager of the company where you applied your project.
§ If I had the opportunity to be the manager I would do all I can for helping others.
§ I f I were the manager I might have the control.
§ If I were the manager I would apply new techniques for studying.
§ If I were the manager I would hire more employees.
7. - What should you have done to improve your project.
§ I should have consulted more.
§ I should have worked in my project more.
§ I should have investigated more.
§ I should have done my project with more responsible persons.
§ I should’ve enjoyed doing my project.
8. - Report what your assessors told and asked you to do during the development of your project.
§ My teacher told me to correct the mistakes.
§ My assessor said to choose a social problem
§ My assessor told me to bring the project as soon as possible.
§ My assessor asked me to do the project faster.
§ My assessor told me not to leave the project for the last.
§ My assessor told me not to waste the time.



Instrumentos de la investigación.

Los instrumentos que se utilizaron para esta investigación son:

· Cuestionarios
· Guía de observación
· Textos
· Internet
· Prensa
· Diccionarios
· Documentales

2.2.1. Tipo de Investigación

Esta investigación se basó fundamentalmente en un trabajo de campo, ya que recolectamos los datos directamente de la realidad donde ocurren los hechos y bibliográfico, tomando en cuenta que se lo realizará en la Comunidad de Cotama del Cantón Otavalo perteneciente a la Provincia de Imbabura, donde se analizará el tema a investigar.

2.2 METOLOGÍA DEL PROYECTO

2.2.1 Metodología de la investigación

La investigación fue cuali-cuantitativa.

Cuantitativa porque nos ayudó a entender el fenómeno social y sus características.

Cuantitativa porque para la investigación de campo se utilizaron la estadística descriptiva.

2.6.4 Prohibición de Compañías Ilícitas.

La Ley de Compañías en el artículo 3 señala: “Se prohíbe la formación y funcionamiento de compañías contrarias al orden público, a las leyes mercantiles y a las buenas costumbres; de las que no tengan un objeto real y de lícita negociación y de las que tienden al monopolio de las subsistencias o de algún ramo de cualquier industria, mediante prácticas comerciales orientadas a esa finalidad”. (Ley de Compañías, pág.3).

2.6.3 Compañías ilegales con fines ilícitos.

Hoy en día muchas compañías simuladas, aparentemente legales, esconden actos ilícitos incurriendo así en el delito de la trata de personas, por ejemplo compañías de modelaje que en realidad no son, ofrecen a las personas trabajar en países extranjeros como modelos, especialmente a mujeres, estas compañías reciben a las chicas, quienes son engañadas, cuyo propósito final es la prostitución, para lo cual los tratantes les retienen los documentos, como el pasaporte, sin el cual las víctimas no pueden hacer nada.

Además hay que indicar que el tráfico de personas no siempre está vinculado a organizaciones criminales, sino que pueden involucrar a "pequeños empresarios", es decir sin ser parte de redes o mafias, de la explotación de seres humanos.

2.6.2 Definición de Contrato.

Según el artículo 1454 del Código Civil: “Contrato o convención es un acto por el cual una parte se obliga con otra a dar, hacer, o no hacer una cosa. Cada parte puede ser una o muchas personas”.

Por lo que podemos entender que contrato es un acuerdo de dos o más personas que consienten en obligarse respecto de otra, u otras, a dar alguna cosa o prestar algún servicio.

2.6 DERECHO SOCIETARIO


2.6.1 Concepto de Compañía.

Según Guillermo Cabanellas de Torres: “Compañía es un contrato consensual por el cual dos o más personas ponen en común bienes, industria o alguna de estas cosas, con el fin de obtener un provecho o ganancia y repartirse las utilidades o ganancias”. (Cabanellas, pág.77.)

De esta definición podemos expresar que contrato de compañía es aquel por el cual dos o más personas unen sus capitales o industrias, para realizar operaciones mercantiles con el fin de tener réditos.

2.5.2 Bienes fiscales y públicos.

Bienes Públicos o bienes nacionales.- Son todos aquellos cuyo dominio pertenece a toda la nación. Los habitantes de la nación tienen el uso y el goce. Por ejemplo:

ü Calles
ü Puentes
ü Plazas
ü Parques
ü Caminos

Los tratantes de personas utilizan especialmente los bienes públicos, ya sean calles, parques, para obligar a niños, quienes son utilizados para mendicidad o para trabajar en los lugares mencionados, donde hay más concurrencia de gente. Además, los bienes públicos como las carreteras, sirven para ejecutar el traslado de las víctimas.

Bienes Fiscales o del Estado.- Son aquellos cuyo dominio, goce y uso no pertenecen en general a los habitantes, sino al Estado. Por ejemplo:
ü Municipios
ü Contraloría general del Estado
ü Instituciones Públicas

Al contrario de los bienes públicos, los bienes fiscales sirven a las víctimas de la trata de personas, quienes recurren a las instituciones públicas del Estado a pedir protección, ayuda, por ejemplo, instituciones que regulan este delito como la DINAPEN, el INNFA.

2.5.1.2 Bienes muebles e inmuebles

Los bienes consisten en cosas corporales o incorporales.

Cosas corporales.- Son las que tienen un ser real y pueden ser percibidas por los sentidos, como una casa, un libro.
De lo expuesto, podemos decir que las cosas corporales, son aquellas que tienen un cuerpo físico y por consiguiente las podemos tocar, mirar, oler.

En el caso de la trata de personas una cosa corporal sería el pasaporte de la víctima, la cual generalmente está en manos del tratante, quien se apoderó de esta cosa corporal, utilizando la violencia, engaño o fraude. Dicha cosa corporal es necesaria para la víctima, para regresar a donde pertenece.

Cosas Incorporales.- Son las que consisten en meros derechos, como los créditos y las servidumbres activas.

De lo establecido vale explicar dos términos qué es la servidumbre y él crédito. La servidumbre es un derecho limitativo del dominio ajeno, establecido sobre una finca, a favor del propietario de otra. Es un gravamen impuesto sobre un predio en utilidad de otro predio de distinto dueño. El crédito consiste en un derecho que uno tiene a recibir de otro alguna cosa.

2.5.1.2 Bienes muebles e inmuebles

Los tratantes de personas llevan a las víctimas en bienes muebles a un bien inmueble, como una casa por ejemplo.

El código civil ecuatoriano nos da una definición de bienes muebles: “Muebles son las que pueden transportarse de un lugar a otro, sea moviéndose por sí mismas, como los animales (que por eso se llaman semovientes), sea que sólo se muevan por una fuerza exterma, como las cosas inanimadas.”(Código Civil, Llibro 2, Art. 585.)

Los tratantes de personas utilizan bienes muebles para transportar a sus víctimas con destino a las principales ciudades de Colombia, Chile y Perú, como por ejemplo:
o Carros, vehículos.

Y con las ganancias ilícitas, fruto del negocio de la trata de personas, los tratantes compran bienes inmuebles para su beneficio, el código civil define qué son los bienes inmuebles y nos da algunos ejemplos de ellos.

“Bienes inmuebles, fincas o bienes raíces son las cosas que no pueden transportarse de un lugar a otro, como las tierras y minas, y las que adhieren permanentemente a ellas, como los edificios y los árboles.

Los predios y heredades se llaman predios o fundos”. .”(Código Civil, Llibro 2, Art. 586.)

Hay que señalar que los bienes raíces son sinónimo de bienes inmuebles.
Por lo señalado podemos entender que los bienes inmuebles son los que no se pueden transportar sin su destrucción o deterioro.


2.5.1 Concepto de Bienes

Son aquellas cosas de utilidad de las cuales los hombres se sirven y se ayudan. Las que componen la hacienda, el caudal o la riqueza de las personas, en fin todos los objetos que, por útiles y apropiables, sirvan para satisfacer las necesidades humanas. Muchos de los crímenes, delitos se producen a causa de la obtención de un bien, y en el caso de la trata de personas

2.4 DERECHO INFORMÁTICO

2.4.1 Elaboración de un blog como medio informativo para la sociedad sobre la Trata de Personas.

En lo relativo a la integración de la materia de Derecho Informático se creó un Blog, lugar donde están publicados la mayor parte de los puntos más importantes de nuestro proyecto a disposición de todos los internautas que visiten nuestra página como medio de difusión masiva, el cual incluye fotos de la Comunidad de Cotama, un gadget, en este caso pusimos una encuesta, un video sobre leyes concernientes al delito de Trata de Personas. La dirección del blog es: http://gjyc.blogspot.com

2.3.2 Constitución del Estado Ecuatoriano y Trata de personas

La constitución es una fuente principal del derecho administrativo, es el marco jurídico indispensable para la convivencia social, ya que en ella se determinan los derechos de los individuos, que en esto caso serían los derechos de libertad, los cuales son vulnerados en el delito de la trata de personas, la constitución aclara que el más alto deber del Estado es hacer cumplir los derechos que en ella se establecen.
El Estado ha creado leyes para contrarrestar el delito de la trata de personas, un claro ejemplo es la actual constitución del Estado Ecuatoriano que habla acerca de este delito de la trata de personas en el artículo 66, numeral 17, numeral y dice así: “Que nadie será obligado a realizar un trabajo gratuito o forzoso” (Constitución del Estado, pág. 49), por lo que sabemos la trata de personas es la realización de trabajos forzosos, generalmente no pagados, entonces por eso este delito es un flagelo laboral.
La Constitución también en el art. 66, numeral 29, literal a, señala que: “Todas las personas nacen libres” y en el literal b del mismo artículo la constitución manifiesta que: “Está prohibida la esclavitud, la explotación, la servidumbre y el tráfico y la trata de seres humanos en todas sus formas. El Estado adoptará medidas de prevención y erradicación de la trata de personas, y de protección y reinserción social de las víctimas de la trata y de otras formas de violación de la libertad”.

2.2.1.1 Tipificación de La transacción de personas con fines de explotación

Dentro de la trata de personas podemos colegir también la transacción de personas con fines de explotación es sancionado con reclusión a si lo dispone el Art. 190.5 que manifiesta:
Quien venda, compre o realice cualquier transacción, en virtud de la cual una persona es entregada, por pago o cualquier otro medio, con fines de explotación, será sancionado con reclusión menor ordinaria de seis a nueve años. Constituye tentativa la oferta en venta.
Si la victima fuere persona menor de dieciocho años, la pena será de reclusión mayor extraordinaria de nueve a doce años, la pena será de doce a dieciséis años de reclusión mayor extraordinaria.

2.2.1.2 Circunstancias agravantes en la trata de personas

Son agravantes según nuestro Código Penal Ecuatoriano, y es sancionado con reclusión estas agravantes, en la trata de personas tal como dispone en su Art. 190.4, el cual pone de Manifiesto:
La pena será de reclusión mayor extraordinaria de doce a dieciséis años cuando en la comisión del delito establecido en Art. 190.3 del Código Penal Ecuatoriano concurre una o más de las siguientes circunstancias:
1.- Que la victima sea menor de catorce años de edad,
2.- Que, como consecuencia del delito, la victima sufra lesión corporal grave o permanente, o daño psicológico irreversible;
3.- Si el infractor es cónyuge, conviviente o pariente hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, ascendiente o descendiente de la victima; y,
4.- cuando el infractor se aprovechare de la vulnerabilidad de la víctima o esta se encontrare incapacitado para resistir la agresión.
Por otro lado el Código de Ejecución de Penas, reformado por la Ley 01 R. O. 393 del 31 de julio de 2008, en su Art. 32 establece que en los delitos de trata, no procederá la rebaja de penas.
Esta disposición en el Código de Ejecución de Penas nos parece muy ventajosa para luchar contra la Trata de Personas, ya que al no proceder la rebaja de penas este delito es más severamente más sancionado y es una manera de atemorizar a los tratantes.

Definición de Trata de Personas según el código penal

La trata de personas a más de ser un delito contra los Derechos humanos, es un delito tipificado en nuestro código Penal Ecuatoriano, así lo establece en el capitulo III.1, y tipifica en su Art. 190.2.- cuando la define de la siguiente manera:
Constituye delito de trata de personas, aunque medie el consentimiento de la víctima, el promover, inducir, participar, facilitar o favorecer la captación, traslado, acogida recepción o entrega de personas recurriendo a la amenaza, violencia, engaño o cualquier otra forma fraudulenta, con fines de explotación ilícita, con o sin fines de lucro.
Concordancias: CP: 188; 190.3
Para efectos de esta infracción, se considera explotación toda forma de trabajos o servicios forzados, esclavitud laboral, venta y utilización de personas para mendicidad, conflictos armados o reclutamiento para fines delictuosos. Por lo previsto anteriormente, nosotros queremos explicar que la mendicidad está muy vinculada a la trata de personas, ya que algunas personas sin escrúpulos obligan a muchos niños a trabajar, como un negocio, entre más niños tiene el tratante de personas, mayores serán las ganancias, pues no podemos negar que justamente en esta fecha, los mendigos exceden.
Es penado con reclusión tal como manda en su Art. 190.3 del código Penal ecuatoriano;
Cuando pone manifiesto.- la trata de personas será reprimida con reclusión menor ordinaria de seis a nueve años, siempre que no constituya explotación sexual. Si la victima fuere una persona menor de dieciocho años, la pena será de reclusión menor extraordinaria de nueve a doce años.
En la trata de personas como podemos darnos cuenta es insignificante la aprobación dada por la victima, lo cual significa que inclusive cuando la persona accedió a ser llevada por los tratantes, mantiene la condición de víctima, ya sea un menor de edad o un discapacitado. Este hecho se debe a que los medios a través de los cuales una persona ha sido captada para ejercer un empleo han sido la violencia o el engaño.

Los Tratantes

Los tratantes son aquellas personas que se encargan de reunir a las víctimas de la trata de personas mediante la violencia, engaños, falsas promesas, de organizar su viaje, de gestionar documentos personales, como pasaportes, visas, de recoger a la persona a la llegada a otro país o ciudad y una vez en el lugar de destino, es quien amenaza, priva de la libertad y exige trabajar.

CAPÍTULO I.




1. OBJETO DE TRANSFORMACIÓN.

“La trata de niños, niñas y adolescentes con fines de explotación laboral en la comunidad de Cotama del cantón Otavalo”.


1.1. ANTECEDENTES Y ESTADO ACTUAL DEL OBJETO DE TRANSFORMACIÓN

El Ecuador es un país de comienzo, circulación y destino de personas víctimas de trata de personas con propósitos de explotación sexual, trabajo forzado y mendicidad. Muchas de las víctimas son niños que son tratados con fines de explotación sexual.
La trata de personas no es un delito nuevo, pues como nos cuentan los libros de historia, los europeos, especialmente los portugueses, ya realizaban este crimen con los negros africanos al llevarlos a Brasil, y obligarlos a trabajar las tierras sin ninguna clase de remuneración, desde poco después del Descubrimiento de América hasta fines del siglo XIX, que quedaban sujetos a la esclavitud por lo dicho, la trata de blancas constituye una explotación laboral además de la privación de la libertad.
Es importante explicar que la trata de personas antes era conocida como trata de blancas debido a que la práctica se origina en un periodo de esclavitud donde la “trata de negros” era una situación aceptada por la población y por el Estado; en cambio para esa era, la esclavitud de mujeres de raza blanca, era un delito, eran trasladadas de su lugar de origen para ser posteriormente explotadas como prostitutas o concubinas.
En la actualidad el término correcto es trata de personas, el cual sirve para denominar cualquier tipo de trata de personas sin importar la edad, género o raza debido a que el termino trata de blancas se causó por distinción racial y por ser un delito, puesto que en ese entonces la trata de personas de raza negra era permitida e incluso era parte de los ingresos del estado, en la actualidad esta denominación se considera inexacta o simplemente equivocada.
Hoy, en la comunidad de Cotama se puede ver niños mendigos en las calles, los cuales pueden ser objeto de explotación laboral, una de las tantas variantes de la trata de personas, un problema social muy inadvertido por la sociedad por los denominados tratantes, quienes se aprovechan de la ignorancia y poco conocimiento de este crimen que tienen los habitantes de dicha comunidad.